Javier Rivera Aquino

Nuevo Ajuste en Salarios del Programa de Visas H-2A.

AEWR incrementa entre un 10.53% y un 12.05%.

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¿Qué es la Tasa de Salario de Efecto Adverso (Adverse Effect Wage Rate o AEWR)?

El Programa de Visas H-2A, permite que agricultores que no consiguen suficientes trabajadores domésticos para realizar tareas temporeras o de temporada, puedan invitar a personas de fuera de los Estados Unidos, a realizar dichas labores. Se espera que la llegada de estos trabajadores no inmigrantes (que no desean permanecer en Estados Unidos) no tenga un efecto adverso sobre los salarios y condiciones de los trabajadores de los Estados Unidos empleados en condiciones similares.

La Tasa de Salario de Efecto Adverso, es una medida adoptada en la Ley de Inmigración y Naturalización de 1957, según enmendada (INA por sus siglas en inglés), con el propósito de evitar un efecto adverso en el salario de trabajadores agrícolas domésticos (dentro de los Estados Unidos)  cuando se contratan obreros no inmigrantes mediante el Programa de Visas H-2A. Dicha Ley requiere que los agricultores paguen a sus obreros H-2A el salario que resulte más alto entre: 1) el salario mínimo federal o Estatal; 2) el salario prevaleciente; 3) el salario acordado mediante negociación colectiva; o 4) el salario de efecto adverso. 

Esta Tasa se obtiene a través de la Encuesta de Labor Agrícola (Farm Labor Survey o FLS) que realiza el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) y en el caso de Puerto Rico, el Servicio de Estadísticas Laborales (BLS por sus siglas en inglés) del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos (USDOL por sus siglas en inglés) y sus Estadísticas de Salario de Empleo Ocupacional (OEWS por sus siglas en inglés).  En teoría, esta Tasa computa el salario que se le pagaría a obreros domésticos, si no hubiese obreros de fuera de los Estados Unidos realizando tareas agrícolas. Se supone que esta tasa parte del salario promedio pagado a los trabajadores agrícolas en cada jurisdicción.

Nuevamente se Experimenta un Aumento Considerable en el Programa de Visas H-2A.

En Puerto Rico, este programa comenzó a tomar auge en Puerto Rico en 2019, tras el paso del huracán María. Se puede argumentar que, tras dicho desastre natural, un sinnúmero de personas se trasladaron de la zona rural, donde demoró el restablecimiento del servicio eléctrico y la reparación de vías públicas, a otras partes de Puerto Rico y del resto de los Estados Unidos, provocando un disloque en la oferta laboral de la zona. 

Ya habíamos discutido que los patronos de obreros con Visa H-2A, en 2020 pagaban a razón de $7.25 la hora. A partir del 30 de marzo de 2022, toda solicitud de labor temporera o de temporada, debe ser a razón de $9.17/hora; un aumento de $1.92 ó 26%, seguido de otro aumento en 2023 a $9.94/hora; otro 8%. Para 2024, el incremento llegó a $10.36, un aumento de $0.42 o 4%. Sin embargo, para la temporada 2025-2026, luego de una orden judicial federal, se dejó sin efecto el AEWR, lo que provocó que algunas nuevas órdenes se sometieron a $7.25/hora, correspondiente al salario mínimo federal. Al poco tiempo, el USDOL introdujo un nuevo cálculo del AEWR, agrupando todas las labores agrícolas, y creando dos niveles de destreza (sin experiencia y con experiencia mayor de 3 meses o más).

Bajo el nuevo régimen, el Salario para trabajadores de EEUU sin experiencia se fijó en $9.50/hora, mientras para trabajadores con experiencia, se fijó en $10.37/hora. Otra modificación sustancial fue la introducción de un ajuste para los trabajadores extranjeros, en el caso de Puerto Rico, de $0.71/hora. Técnicamente, se trata de un crédito relativo a los costos asociados con alojamiento. Esta modificación dispuso que para trabajadores extranjeros sin experiencia el salario sería $8.79/hora; el trabajador extranjero con experiencia se fijó en $9.66/hora.

Para la nueva temporada 2026-2027 el Salario para trabajadores de EEUU sin experiencia se fijó en $10.50/hora, mientras para trabajadores con experiencia, se fijó en $11.62/hora. Esto representa un aumento de $1/hora para un 10.53% y $1.25/hora para un 12.05% respectivamente. En el caso de los trabajadores extranjeros se ha fijado una tasa de $9.79/hora, sin experiencia, y $10.91/hora, con experiencia, tras aplicar el crédito de $0.71. Esta orden afectará a todos los agricultores participantes del programa de Visas H-2A, efectivo el 3 de agosto de 2026. En otras palabras, a partir de esa fecha, se tienen que pagar los salarios antes descritos, de acuerdo al nivel de experiencia, para los trabajadores agrícolas de EEUU y los extranjeros.

Jurisdicciones como Rhode Island sufrió incrementos de hasta $1.60/hora, mientras que Islas Vírgenes observó reducciones de hasta $1.83/hora. El Promedio Nacional del AEWR es de $14.08/hora para trabajadores agrícolas sin experiencia, y $17.84 para trabajadores agrícolas con experiencia, que sean ciudadanos de EEUU. Al final podrá encontrar la data oficial.

¿Qué debemos concluir?

En primer lugar,todo patrono participante en el Programa de Visas H-2A, debe reflejar de inmediato en sus nóminas la nueva tasa salarial:

  • Nivel 1 EEUU – $10.50/hora
  • Nivel I Extranjero – $9.79/hora
  • Nivel II EEUU – $11.62/hora
  • NIvel II Extranjero – $10.91/hora

Es fácil concluir que los patronos han de requerir menos los trabajadores con experiencia, para controlar el gasto. No cabe duda que este aumento vuelve a tener un efecto inflacionario en los alimentos producidos en Puerto Rico y el resto de EEUU. Si bien reconocemos el intento gubernamental de mejorar las condiciones de trabajo del obrero agrícola, el efecto final de esta determinación del USDOL afectará al consumidor Puertorriqueño. Claro está, entre los agricultores participantes del Programa de Visas H-2A, se comenta que la efectividad y la destreza de los trabajadores extranjeros es tal, que compensa los costos incurridos. 

NOTA: El autor ofrece servicios a agricultores en procesos relacionados con el Programa de Visas H-2A. Este artículo tiene el propósito de informar sobre los cambios recientes a dicho programa, con el fin de que aquellos agricultores interesados en participar puedan tomar decisiones informadas. Esta información no constituye asesoramiento legal. Para dichos fines, debe comunicarse directamente a nuestra oficina o consultar con su abogado usual.  

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